Comunicado
Local

OIM y Ministerio Relaciones Exteriores del Perú desarrollan “Seminario sobre asistencia y protección consular como mecanismo de protección de los derechos fundamentales de los y las migrantes”

Lima, 23 de junio de 2015.- Con la finalidad de generar un nivel común de comprensión sobre el rol de la asistencia y protección consular como mecanismo de protección de los derechos fundamentales de los y las migrantes, se realizó el Seminario Taller del mismo nombre, coorganizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

Dieron la bienvenida el Embajador Jorge Lázaro Geldres, Director General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Sr. José Iván Dávalos, Jefe de la Misión de OIM en el Perú. Asistieron al evento el Sr. José Ramiro Sandoval Zambrano, Embajador de la República del Ecuador en el Perú; el Sr. César Camilo Vallejo, representante del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, la Sra. Gisela Vignolo, Adjunta para los Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo, así como representantes de la Secretaría General de la Comunidad Andina,  funcionarios públicos y estudiantes de derecho de diversas universidades.
                                     

Durante su participación el Sr. José Iván Dávalos, mencionó que la globalización de los procesos migratorios exige a los Estados respuestas institucionales ante las circunstancias que afrontan los migrantes internacionales, en especial aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. “Muchas de las acciones de asistencia y protección que se desarrollan a través de las oficinas consulares o representaciones diplomáticas contribuyen al afianzamiento de los lazos del Estado y sus nacionales emigrados que ante una situación compleja de necesidad requieren el apoyo necesario de su autoridad”, indicó.

“Cabe señalar que no solo se dan los esfuerzos soberanos y unilaterales de los Estados, sino además, en el marco de los procesos de integración como el MERCOSUR y la Comunidad Andina” y añadió, “una muestra de ello es la Decisión 548 de la CAN sobre cooperación en materia de asistencia y protección consular de los Países Miembros, resaltando el espíritu de colaboración y apoyo en favor de los migrantes”.

Por su parte el Embajador Jorge Lázaro, mencionó que la Cancillería ha venido perfeccionando mecanismos para la asistencia consular de peruanos en el exterior, y mencionó como ejemplo el Programa de Asistencia Humanitaria, que cuenta ya con un nuevo reglamento para mejorar su aplicación, mencionó. Asimismo señaló que la CAN tuvo una visión muy rica y de mucho contenido con la Decisión 548, que se basa en tres pilares: Convención de Viena; Normativa Internacional de Derechos Humanos y la solidaridad entre estados. Y agregó, la Decisión 548 mantiene su vigencia pero tiene un desafío académico muy importante, resaltar la importancia rectora de los derechos humanos que es la lógica de la asistencia consular que va más allá de la entrega de dinero, destacó.

El seminario tuvo como objetivos brindar nociones básicas sobre la asistencia y protección consular desde la perspectiva del Derecho Internacional Público; identificar y difundir los estándares internacionales del Derecho a la Protección y Asistencia Consular desarrollados en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos; conocer la función de la administración pública comunitaria descentralizada de la Comunidad Andina en materia migratoria y alcances de la Decisión 548 y su Reglamento, aplicando el enfoque de derechos; conocer y evaluar la normativa interna de los Ministerios de Relaciones Exteriores de los Países Miembros de la Comunidad Andina en materia de asistencia y protección.

Posteriormente se desarrolló un Taller para funcionarios consulares con el objeto de  discutir alternativas de adecuación de la normativa consular de los Países Miembros de la CAN a la Decisión 548 y su Reglamento  fortaleciendo las capacidades de los funcionarios competentes en la aplicación de la Decisión 548 de la CAN a partir de la presentación de un documento de trabajo desarrollado por la OIM.

Enlaces de interés:

 

Organización Internacional para las Migraciones – OIM
Misión en el Perú
Área de Comunicaciones
Teléfono: (511) 633-0000 anexos 209 / 149




Síguenos en Twitter: @OIM_Peru